En relación al requerimiento de acceso a la información pública del Sr. JUAN F.
FERRARO, en trámite en el expediente N° EX-2022-82478612- -APN-DGDYD#MJ,
cumplo en informar lo siguiente, conforme a lo que fuera requerido:
El requirente solicita información acerca de si
“existen políticas de reparación
para atender a las víctimas o familiares de víctimas de distintos tipos de violencia
institucional (ej. casos de gatillo fácil). En caso de existir, solicito me indiquen cuáles y
qué organismo las implementa".
En respuesta a dicha solicitud, se informa que en el ámbito de la Dirección
Nacional de Políticas contra la Violencia Institucional funciona un Centro de Denuncias
de Violencia Institucional, a través del cual la Secretaría de Derechos Humanos recibe
denuncias. El ingreso de denuncias de casos de violencia institucional puede ser por vía
telefónica
(0800-122-5878),
Whatsapp
(114091-7352),
correo
electrónico
(xxxxxx@xxx.xxx.xx), presentación presencial o de oficio. Una vez recepcionada la
denuncia, se analiza si se trata o no de un hecho de violencia institucional. Si no se trata
de un hecho de violencia institucional se realiza una derivación al área pertinente,
informando al/la denunciante.
Determinada la competencia de la Dirección por tratarse de un caso de violencia
institucional, se ingresa el caso al sistema del Registro de casos de Violencia
Institucional. Se clasifica el tipo de violencia, contexto, lugar, fuerza denunciada, etc., y
se asigna a un/a agente para su intervención. Las gestiones realizadas por el/la agente
que recibe el caso, son:
a) Asistencia Jurídica; b) Acompañamiento Psicosocial; c)
Gestiones Administrativas.
a) Asistencia Jurídica: La misma consiste en asesorar a la víctima o a sus
familiares para lograr que el hecho sea denunciado y se avance en la
investigación de los responsables, utilizando a tal fin, distintas herramientas.
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En caso de estar judicializado, se efectúa un seguimiento con las autoridades
judiciales o del Ministerio Público Fiscal intervinientes. El objetivo de la
asistencia jurídica es garantizar el acceso a la justicia de la/s víctima/s y el
impulso del proceso de verdad y justicia. En caso que el/la denunciante esté
privado de su libertad, se establece contacto también con su defensor/a. En
casos de graves violaciones a los derechos humanos cuya consecuencia es la
afectación del derecho a la vida, la Secretaría de Derechos Humanos, a
través de esta Dirección, puede presentarse ante las autoridades judiciales
intervinientes con distintas herramientas jurídicas: Amicus Curiae,
Observador en Juicio, Querellante, etc.
b) Acompañamiento Psicosocial: Es la contención anímica que la Secretaría le
brinda a una víctima de violencia institucional o a sus familiares. En casos de
graves violaciones a los derechos humanos y si los familiares lo requieren, se
realiza una intervención articulada con el Centro Dr. Fernando Ulloa,
también dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
c) Gestiones Administrativas: Consisten en comunicaciones que se entablan
con las autoridades políticas responsables de la fuerza denunciada, para
informarles de la situación con el fin de que cese la violencia y/o que se
investigue y sancione a los responsables.
Por otra parte, se realizan charlas sobre políticas contra la violencia institucional
en todo el territorio nacional. El objetivo de las mismas es divulgar el trabajo que se
realiza desde la Dirección Nacional de Políticas contra la Violencia Institucional con
especial énfasis en el funcionamiento y difusión del Centro de Denuncias, a fin de que
lo puedan incorporar como una herramienta ante hechos de violencia institucional.
Asimismo, se trata de charlas de formación en derechos, para que las posibles víctimas
de abusos policiales sepan distinguir lo legal de lo que no está permitido a las fuerzas de
seguridad y puedan denunciar.
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Además se realizan señalizaciones en los lugares donde sucedieron graves
hechos de violencia institucional (homicidios dolosos, desapariciones forzadas). Dichas
señalizaciones consisten en la colocación de carteles con una descripción de lo
sucedido, la foto de la víctima y un reclamo de “Memoria, Verdad y Justicia”.
La colocación de estos carteles de señalización tiene un objetivo reparador para
los familiares de las víctimas, dado que implica el reconocimiento del Estado ante un
hecho de violencia institucional. A su vez, las señalizaciones tienen como fin preventivo
la visibilización de los hechos y el repudio del Estado Nacional.
Por último, la Secretaría de Derechos Humanos trabajó un proyecto de LEY DE
ABORDAJE INTEGRAL DE LA VIOLENCIA INSTITUCIONAL EN SEGURIDAD
Y SERVICIOS PENITENCIARIOS, el cual se encuentra en trámite con estado
parlamentario. El proyecto tiene un capítulo de “Asistencia y reparación a las víctimas”,
que incluye –entre otras cosas- una reparación económica para los casos de desaparición
forzada de personas, de homicidio y lesiones gravísimas que configuren hechos de
violencia institucional.
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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
Las Malvinas son argentinas
Hoja Adicional de Firmas
Informe gráfico
Número: IF-2022-96608886-APN-DNPVI#MJ
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 13 de Septiembre de 2022
Referencia: EX-2022-82478612- -APN-DGDYD#MJ
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Mariano Ariel PRZYBYLSKI
Director Nacional
Dirección Nacional de Políticas contra la Violencia Institucional
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
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